El Bien Común y los Derechos Humanos Ante El Burnout

Raúl Sánchez Aguirre

 

El síndrome de burnout, en español se traduce como síndrome de estar quemado por el trabajo; se dice que el concepto fue descrito por Herbert Freudenberger en 1974. Propiamente el aludido síndrome provoca una sensación de fracaso y una experiencia agotadora como resultado de una sobrecarga por las exigencias del trabajo.

Resulta importante precisar que quienes sufren este padecimiento suelen incurrir en acciones que generalmente les perjudican laboralmente agravando su situación emocional, repercutiendo; incluso, hasta consecuencias bastante lamentables y la interrogante puede ser: ¿Jurídicamente quién es el responsable y quién debe asumir las consecuencias perjudiciales? ¿El trabajador o el patrón?

Como abogado estimo que en este momento no podría dar una respuesta concreta en términos legales, preponderantemente porque abarcaría varias páginas de palabreo incurriendo drásticamente en una posible perorata jurídica; empero, lo que sí les puedo asegurar es que el control emocional radica en uno mismo, en sentirse seguro de sí mismo, de quién eres y que tu bienestar emocional no depende de los efectos externos a tu persona.

Sin duda alguna hasta el clima puede influir para que tu estado de ánimo sea positivo o negativo; como afirma Og Mandino, en una de sus obras: “Tu eres el arquitecto de tu propio destino.” Consecuentemente, si en tu ambiente laboral existe un jefe que no sabe liderar y sus instrucciones disminuyen el nivel emocional positivo del personal, se deben buscar desfogues, organizar los tiempos, realizar constantemente ejercicios de respiración; y, sobre todo, buscar formas para salir adelante sanamente.

Hay una frase que dice: “Toma las cosas de quien vienen”. A ello, darle un enfoque positivo y mantener el sentirse valiosa o valioso, asumir con responsabilidad tus actividades y ver el momento para redoblar esfuerzos y mejorar, mientras más cargas de trabajo existe, se notará que uno se encuentra más integrado en el equipo de trabajo.

El síndrome de burnout, es consecuencia directa del estrés laboral crónico que se presenta con malestar y sentimientos negativos hacia el trabajo y las personas. Consecuentemente, es inexorablemente acudir con dos especialistas; primero, con un psicólogo para que apoye para canalizar de manera positiva el estrés y reforzar la seguridad personal, y segundo, acudir con un abogado especializado en materia laboral para recibir orientación estratégica para elevar con mucho tacto la inconformidad al área de recursos humanos o a la instancia que corresponda.

Como tercera y última recomendación en el tema: Si alguien se encuentra ante este síndrome con los síntomas propios del burnout, deberá reconocer que se encuentra confundido al confrontar al superior jerárquico o a quien lo haya sumergido en esta lamentable situación; primero podría tratarse y cuando emocionalmente se estime que la persona se encuentra en una situación estable, podría apoyarse en un experto para encontrar la mejor solución y sentir una mejora en el ambiente laboral que puede repercutir en una mejor calidad de vida.

En algún momento pensé en la frase que dice: “Cualquier camino es bueno para el que no sabe a dónde va”. De ahí, la vital importancia del desempeño individual dentro de la comunidad tomando en consideración que “la conciencia es la capacidad del hombre para conocer y juzgar si hay razón o razones para hacer o dejar de hacer algo. La conciencia y la libertad hacen posible el dominio del ser humano sobre su propia vida”.

Así, dentro del denominado Estado de Derecho, cada individuo como parte integrante de la población en general, estructura y da forma a normas escritas y no escritas, mismas que en conjunto establecen parámetros de comportamiento socialmente aceptado o, incluso reprobado por ciertos sectores minoritarios pero que, al formar parte de una mayoría, se da vida a un sistema vigente que regula sus conductas para procurar o, por lo menos, intentar propiciar una sana convivencia dentro de la sociedad.

Es factible afirmar que: “sin derecho no puede haber sociedad y si no hay sociedad tampoco hay bien común”. Señalamiento que parte de un deber ser con tintes filosóficos; sin embargo, en la actualidad vemos núcleos sociales con pluralidad de derechos que se encuentran contrapuestos y evidentemente prevalece la lucha por el bien individual bajo un matiz de lucha por el bien común.

La convivencia y/o interacción social permite adquirir aprendizaje cotidiano; no obstante, la enseñanza y/o transmisión de conocimientos y experiencias permeadas de contenido y sustento facilitan la generación y fomento cultural en sus diversas formas de representación dando pie a la consolidación de comunidades civilizadas quienes, a su vez, con apoyo en la conciencia, prevalecerá la protección de sectores vulnerables.

Por ello, no hagamos del síndrome de burnout, una actividad cotidiana que afecte a los individuos, sino, por conducto de los abogados se deben realizar las quejas y denuncias ante las autoridades laborales correspondientes.