
Notario Lic. Francisco Aguirre Gutiérrez
Es tiempo de redactar ese documento unilateral, personalísimo ante notario público por el cual, una persona designa beneficiarios (herederos) de sus bienes, derechos y obligaciones a fin de evitarles problemas a mis seres queridos que instituyo como herederos o legatarios.
Para ello, además de hacer un inventario de mi patrimonio, que va desde mis creaciones intelectuales, poemas, libros, hasta, acciones, inmuebles, cuentas bancarias, propiedades y deudas, hijos menores de edad o dependientes económicos por causa de enfermedad u otra razón, también debo reflexionar sobre los destinatarios de éstos.
Como he mencionado debo pensar sobre los destinatarios de esos haberes y se les conoce como herederos, esto es así cuando todo mi patrimonio lo destino a mis hijos o mi esposa u otras personas, sin hacer una particular mención del patrimonio, esto es, a quienes designe los dejo como titulares póstumos del todo, se les llama herederos pudiendo decir que a falta de uno acrecienta o incrementa el otro que sobreviva, o bien, puedo designar herederos sustitutos.
Cuando dejo bienes en particular como la casa o el coche para determinadas personas, se les conoce como legado, es decir lego la casa amarilla para Juanita, la finca roja para Mario, por lo que esa especificación en el documento se le conoce como legatarios, también puedo designar sustitutos de esos legados. Recordando que se puede hacer en forma mixta y señalar que todo lo demás en partes iguales o a determinadas personas significa redactar un testamento con herederos y legatarios.
La albacea es el repartidor de las cartas, o sea quien hará la ejecución del testamento, por lo que, coloquialmente se llama apoderado post morten, pues es quien habrá de hacer el procedimiento de apertura de testamento y asignación de los haberes como ha quedado señalado para los herederos o legatarios. Es pues, el encargado de hacer cumplir lo dispuesto en el testamento, una vez que se ha dado la causa para que opere el testamento que es la defunción del testador, pues sin este hecho de la muerte, aun los bienes siguen quedando en el patrimonio de quien hace el documento, porque el hecho de redactar o dictarlo no implica transmitir bienes o patrimonio
He descrito en forma coloquial como actúan el testador, herederos o legatarios y albacea; como actúan esos jugadores tradicionales de un testamento a fin de hacerlo de la manera sencilla para nuestros lectores, pidiendo disculpas a los juristas si ofendo con mi sencillez.
Señalo y refrendo que este documento es de amor, ya que al hacerlo prevenimos conflictos en beneficio de aquéllos a los que queremos, que se quedan cuando emprendemos el camino de este plano.
En otra oportunidad tocaré alguno de los cuestionamientos clásicos, el primero ¿Cúal es el régimen patrimonial de mi matrimonio? Bienes mancomunados o sociedad conyugal, esto porque desde que firmé ese contrato, todos los bienes hechos con mi pareja forman parte de la misma masa, a mitades o cincuenta por ciento, lo que se traduce en que solo estoy elaborando un testamento sobre una porción, razón por la cual se hace necesaria que ambos elaboren su propio documento de amor.
