* Casos Prácticos Analizados por el Colegio de Abogados del Estado de Guerrero
Por Lic. Karla Elizabeth González Ramírez
El Derecho de la mujer a que se respete su dignidad de persona.
El 7 de septiembre se despenalizó el Aborto. Lo que significa que no se puede condenar a ninguna mujer por su decisión de abortar; este hecho no lo hace legal. Aún falta que se legalice sobre el tema, pero mientras tanto, no se podrá condenar a ninguna mujer por este hecho.
Sin lugar a dudas la resolución de la Corte abre el camino para la interrupción voluntaria del embarazo, ya que en la práctica sólo 4 Estados de los 32, han legislado una ley de plazos. El resto lo manejan con normas restrictivas como el caso del Estado de Guerrero.
Es importante señalar que cada año existen 750 000 y un mil millones de abortos clandestinos, de los cuales el tercio resulta con complicaciones que requieren atención médica urgente, mismo que 50 mil resultan en el deseo de la mujer.
La decisión dictada por la Corte Suprema de Justicia sienta jurisprudencia lo que significa que los Jueces locales y federales deben ceñirse a esta determinación. De acuerdo a la última reforma del Poder Judicial, basta con una resolución por mayoría calificada ni siquiera unánime, como en el presente caso, para que la jurisprudencia opere.
Por lo tanto “No habrá cárcel para las mujeres”, como lo señaló la ministra Luis María Aguilar se destierra la amenaza de la prisión sobre las mujeres y el estigma.
La Criminalización a la mujer por aborto no protege la vida, sino que parte de castigar la conducta sexual de la mujer, limitar su libertad y enfatizar el estigma de que la mujer debe cumplir con su rol de madre.
La demanda de las feministas a la legalización del aborto, representa de manera concreta el derecho de la mujer al libre desarrollo de su personalidad, a la salud, a sus derechos reproductivos y sexuales a la igualdad y a la no discriminación, tal como lo establecen los preceptos 1 y 4 de nuestra Carta Magna.
Solo queda esperar que el Poder Legislativo legisle sobre el tema, se creen las políticas públicas límites y se designen los presupuestos para el accesos a los servicios públicos de salud.
